Zonas de reserva campesina son ajustadas a la Ley: Corte
Sin embargo, aclaró que antes de la creación de una, debe examinarse si hay pueblos indígenas.
JUSTICIA
10:28 a.m. | 13 de junio de 2014
La Sala Plena de la Corte Constitucional declaró exequible la Ley 160 de 1994, mediante el cual se regulan las zonas de reserva campesina en el país. Sin embargo, aclaró que antes de la creación de una de estas, es necesario examinar si en el área existen pueblos indígenas, caso en el que se les debe garantizar el respeto a sus derechos.
La demanda pretendía la declaratoria de inconstitucionalidad de los artículos 79, 80, 81, 82, 83 y 84 de la Ley 160 de 1994 "porque no fueron consultados previamente a los pueblos indígenas y tribales, ni disponen la realización de las consultas antes de la creación de las zonas de reserva campesina, lo cual desconoce la Carta Política, lo mismo que en el Convenio 169 de 1989 de la Organización Internacional del Trabajo OIT, el cual forma parte del bloque de constitucionalidad".
A juicio del actor, "la falta de consulta previa estimula la colonización de las tierras ancestrales, impide la recuperación de dichos territorios por parte de los pueblos indígenas y afrodescendientes y, en consecuencia, pone en riesgo la supervivencia de dichos grupos minoritarios".
En el concepto emitido por la Procuraduría, esta había pedido declarar inexequibles dichos articulos demandandos, mientras el Congreso "dentro de la libertad de configuración que le es propia, expida las disposiciones que la reemplacen y corrija la situación de inconstitucionalidad advertida" por los accionantes.
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